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FAQ
Frecuently asked questions / preguntas frecuentes

Necesitarás el DPI de los socios y porcentaje de cada uno, los datos completos de la empresa, como el nombre, a que se dedicará y donde estará ubicada.

No podrás avanzar en el formulario si no subes todos los documentos solicitados. Te recomendamos tenerlos listos antes de empezar.

Te pedimos que nos des tres opciones de nombre. Si tu primera opción ya está registrada, evaluaremos las siguientes opciones automáticamente.

Con tu descripción de actividades se crea el objeto social. El objeto social es la descripción de las actividades que realizará tu empresa. No necesitas ser demasiado técnico, pero debe reflejar claramente lo que vas a hacer.

No, en Guatemala las sociedades necesitan al menos dos socios. Asegúrate de incluir los datos de otro socio para avanzar.

El porcentaje de participación lo decides tú junto con tus socios. Solo asegúrate de que la suma de los porcentajes sea del 100%.

El RTU (Registro Tributario Unificado) es obligatorio para todas las personas o empresas que realizan actividades económicas en Guatemala.
Es necesario para registrar al representante legal de tu sociedad ante la SAT.

El representante legal puede ser cambiado más adelante, pero requerirá un proceso adicional ante un notario.

Sí, todas las sociedades deben tener un contador registrado en la SAT. Si no tienes uno, te ofrecemos el servicio durante el primer trimestre y luego puedes cambiarlo o continuar con el mismo.

Sí, puedes cambiar de contador en cualquier momento. Solo asegúrate de que el nuevo contador esté registrado ante la SAT.

El régimen fiscal depende de la forma en que deseas presentar tus impuestos. En Guatemala, los regímenes fiscales principales son:

• ISR (Impuesto Sobre la Renta): Puedes optar por declarar tus ingresos de forma mensual o trimestral, dependiendo de la estructura de tu negocio. En el régimen mensual pagarás del 5 al 7% dependiendo de tus ingresos; y en el régimen trimestral pagarás el 25% menos los gastos deducibles de tu negocio.

• IVA (Impuesto al Valor Agregado): Si eliges cualquiera de los regímenes de ISR tu empresa será automáticamente inscrita en el Régimen General de IVA, declarando y pagando mensualmente el 12% de tu facturación. Si tu empresa genera menos de Q150,000 al año, puedes optar por el régimen de Pequeño Contribuyente, donde solo pagarás una tasa fija del 5% de IVA y no pagarás ISR.

Si no estás seguro, te recomendamos optar por el régimen mensual de ISR, ya que es más flexible para la mayoría de los negocios. Sin embargo, si crees que en tu primer año facturarás menos de Q150,000, podrías considerar el régimen de Pequeño Contribuyente, donde pagarás una tasa fija del 5%. Recuerda que es posible cambiar de régimen fiscal anualmente, según cómo evolucione tu negocio.

El formulario puede completarse en menos de 10 minutos si tienes todos los documentos a mano. Luego de eso, el proceso de constitución puede tomar 15 días hábiles dependiendo de las autoridades.

Al finalizar y realizar el pago, recibirás una confirmación por correo electrónico con los detalles del proceso de constitución.

El costo total se te mostrará antes de finalizar el proceso. Además, ofrecemos opciones de pago en cuotas con tarjeta de crédito.

Una vez enviado el formulario, las modificaciones tendrán que hacerse mediante un proceso adicional con el notario. Revisa bien todos los datos antes de finalizar.